Ajudes urgents per a pal·liar la pèrdua de béns de primera necessitat de les persones físiques, produïda pel temporal de vent i pluges iniciat el 29 d’octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana (DANA)
- Desde: 05/11/2024 hasta el: 16/12/2024
- Documentación:
- Título jurídico que le habilita para hacer uso de la vivienda o documento con valor probatorio de residencia en la vivienda afectada. (Escrituras, contrato alquiler, cesión uso…)
- Declaración responsable del domicilio exacto de la vivienda afectada y referencia catastral.
- Número de cuenta bancaria (IBAN) en la que desea que se efectúe el pago, que podrá cumplimentar en el formulario de solicitud.Se podrá presentar también la solicitud de ayuda adjuntando un certificado del Ayuntamiento de la localidad donde se ubique la vivienda, en el que conste (Certificado empadronamiento)
- La identificación de la vivienda donde residía el solicitante en la que se especifique que la misma fue gravemente dañada por el temporal indicando la referencia catastral.
- Los datos de identificación de la persona solicitante (nombre y apellidos y DNI).
- La identificación de las personas que residían con el solicitante en la vivienda (en este caso para evitar duplicidades).
- Titulo jurídico o documento con valor probatorio de residencia en la vivienda afectada.
- Formularios:
Solicitud ayudas dana y referencia catastral dana (Busca tu vivienda en la sede del catastro: aquí)
- Presentación:
Online: https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=101532
Presencial:
La documentación podrá presentarse en las oficinas de coordinación de la postemergencia creadas por la Generalitat para este fin o, en su caso, en las oficinas habilitadas por la Generalitat, preferentemente en la de la localidad donde se encuentre la vivienda.
Las oficinas habilitadas por la Generalitat están situadas en los siguientes municipios: Albal, Aldaia, Alfafar, Algemesí, Alginet, Benetússer, Carlet, Catarroja, Chiva, Massanassa, Paiporta, Picanya, Sedaví, Turís, Utiel.
Ayudas DANA alquiler de vivienda
Aquí puedes encontrar toda la información y el enlace para solicitarla: https://www.gva.es/
La Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha puesto en marcha ayudas económicas destinadas a subvencionar el alquiler de viviendas para las personas cuyas residencias habituales y permanentes hayan sido dañadas o afectadas por la DANA ocurrida el 29 de octubre de 2024.
Requisitos principales
- Ser persona física con vivienda habitual afectada en alguno de los municipios reconocidos en el decreto.
- También podrán solicitar la ayuda las personas convivientes en caso de fallecimiento de la persona propietaria o arrendataria.
- No podrán acceder quienes dispongan de otra vivienda en condiciones habitables a menos de 30 kilómetros de la afectada.
Detalles de las ayudas
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- Importe: Hasta 800 euros mensuales, durante un máximo de 12 meses. También se incluye la fianza y posibles garantías del contrato.
- Pago inicial del 30% en el momento de concesión; el resto se abonará trimestralmente previa presentación de justificantes de pago.
Plazo y presentación de solicitudes
- Plazo abierto: Desde el 15 de noviembre de 2024 hasta el 30 de junio de 2025.
- Modalidades de presentación:
- De manera presencial en las oficinas habilitadas por la Generalitat.
- De manera telemática a través del portal web de la Generalitat.
Resolución
- El plazo máximo para resolver es de tres meses desde la solicitud. En caso de no recibir resolución en este periodo, se considerará desestimada por silencio administrativo.
Para más información, consulta el listado de municipios afectados y las bases reguladoras.